Fruto de las reuniones mantenidas por parte de la CRAJ y el TOAD con los jueces de familia y el juez decano de Sabadell, se ha acordado una formula para el nombramiento de abogado de oficio en los casos de solicitudes de medidas de apoyo para el ejercicio de las capacidades de personas con discapacidad. Aunque, en principio, no procedería dicho nombramiento dado que se trata de un tema de jurisdicción voluntaria, es evidente que la no asistencia de abogado complica y alarga la tramitación de los procedimientos. Al respeto, se ha realizado una reunión sectorial de jueces de familia y decanato, en que se ha levantado acta de la problemática, y en base a la misma, el juez decano ha dictado un acuerdo en que establece la necesidad de nombrar abogado de oficio.
En base a este acuerdo, todos los letrados/as que estáis adscritos al SOJ de Sabadell tendréis que abrir Expediente de Justicia Gratuita para la interposición de solicitud de medidas de apoyo y, si el expediente es dictaminado como favorable, se designará al justiciable abogado/a de oficio.
Este acuerdo no se hace extensivo al SOJ de Cerdanyola donde solo se podrá designar abogado/a de oficio cuando desde el juzgado se requiera al ICASBD para que designe defensor judicial, pero no para la interposición de la solicitud de medidas de apoyo.
Cordialmente,
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TOAD/SOJ