El deber de información en la persona titular que nos haya cedido los datos personales tiene que incluir una advertencia expresa sobre la posibilidad de ejercer los derechos previstos en los arts. 15 a 22 del RGPD: acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad.
Vemos ahora en que consiste cada uno de los derechos:
Derecho de acceso (Art. 15 RGPD)
La persona interesada puede solicitarnos información sobre si sus datos de carácter personal están siendo objeto de tratamiento y, si es el caso, con qué finalidad y usos concretos, las categorías de datos objeto del tratamiento, los destinatarios a los cuales, si procede, las comunican y el plazo previsto de conservación de los datos.
Derecho de rectificación (Art. 16 RGPD)
El/la titular de los datos también nos puede solicitar la rectificación -sin más dilación indebida- cuando aquellas sean inexactas o incompletas. En la solicitud de rectificación el interesado/da tiene que indicar los datos erróneos o incompletos y la corrección correspondiente, y podemos pedirle la documentación que lo justifique en cada caso.
Derecho de supresión (Derecho al olvido) Art. 17 RDPD
La supresión de los datos -también sin más dilación- tiene que ajustarse a alguno de los motivos previstos en el artículo 17 RGPD:
En la solicitud de supresión la persona interesada tiene que indicar los datos a que se refiere, que tiene que ir acompañada, si procede, de la documentación que lo justifique.
Derecho de oposición (Art. 21 RGPD)
El derecho de oposición se aplica cuando el tratamiento de los datos se basa en una misión realizada en interés público o el ejercicio de poderes públicos del responsable. En este caso tenemos que proceder a dejar de tratar los datos, salvo que acreditemos unos motivos legítimos imperiosos que prevalezcan sobre los intereses, derechos y libertades del interesado, o también cuando los precisamos para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
Derecho a la limitación del tratamiento (Art. 18 RGPD)
La limitación del tratamiento supone que, a petición del/de la titular, dejamos de tratar sus datos personales. La limitación se puede solicitar cuándo:
- La persona interesada ha ejercido los derechos de rectificación u oposición, mientras determinamos si hay que atender su solicitud.
- El tratamiento es ilícito (hecho que determinaría la eliminación de los datos) o los datos ya no son necesarios, pero el interesado/da se opone a la supresión, porque las necesita para ejercer o defender reclamaciones.
Derecho a la portabilidad de los datos (Art. 20 RGPD)
El interesado/da también tiene derecho a que le facilitamos los datos personales que nos ha cedido en un formato estructurado, de uso común y de lectura mecánica, y a transmitirlas a otro responsable, si se cumplen los requisitos siguientes: