Tanto las resoluciones de denegación del beneficio de Justicia Gratuita como las de denegación de cambio de letrado/da son recurribles ante la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita (CAJG) de Barcelona, al ser este el organismo competente para su tramitación.
Según instrucciones de la propia Comisión (CAJG), las impugnaciones se tienen que presentar en algún registro público de la Generalitat de Catalunya, ya sea en la sede de la misma Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, (C/ Del Foc, n.º 57 de Barcelona, 08038), o bien en cualquier otro registro general.
También se pueden presentar, como correo administrativo, en cualquier oficina de Correos (con el sobre abierto y pidiendo que pongan el sello en el escrito de impugnación).
Si no es por alguna de estas vías, la impugnación no constará como presentada.